Derechos ARCO, su importancia en la protección de datos personales
- Guadalupe Rodríguez
- 29 may 2023
- 4 Min. de lectura
Por Guadalupe Rodríguez Cobos

El intercambio de datos en la era digital se ha convertido en una práctica común, el modelo de negocio de las empresas de Tecnologías de la Información han puesto a los datos personales como uno de sus activos más importantes. Esto ha generado retos en torno a la seguridad y la protección de datos personales que proporcionan los usuarios, en el marco de las regulaciones de la materia.
“Los datos personales, en posesión de las empresas, abarcan dos vertientes: por un lado, la responsabilidad de guardar confidencialidad de los datos personales a su cargo, así como solicitar el consentimiento de los titulares, en caso de envío o cesión de información; por otro lado, el derecho que tienen los titulares de datos personales, para ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales (derechos ARCO)” (Enríquez, 2018)
Los derechos ARCO le dan a los ciudadanos la garantía del control que pueden tener sobre su información personal que han compartido con entidades públicas o privadas, lo que conlleva que estos particulares o sujetos obligados a cumplir las leyes en protección de datos…” pero a su vez esta potestad conlleva la obligación al individuo de rectificar la información para corroborar que ésta no resulte incompleta o inexacta; además de solicitar la cancelación de sus datos personales cuando considere que los mismos no están siendo tratados conforme a los principios, deberes y obligaciones previstas, o que ya se vencieron los plazos, incluso fines, para los que fueron recabados y de esta manera evitar su mal uso” (Morán, 2019)
En la época actual, la protección de datos personales no se puede concebir sin el flujo de información del internet. Después de la pandemia vivida por la humanidad en el 2020, la interrelación digital se incrementó, llegando a abarcar todas las áreas de la vida social, incluso aquellas inimaginables; esto dio paso a una gran cantidad de intercambio de información personal a través de la red, información que incluso viaja entre países.
De acuerdo a un artículo del periódico El Economista: Durante el confinamiento se incrementó en un 400% los fraudes cibernéticos, todos relacionados al intercambio de información personal que se da a través de la red digital, como suplantación de identidad, robo de datos bancarios, dominio de información confidencial. (Toche, 2020)
Ante esta situación de exposición de información que existe, la ciudadanía cuenta con una herramienta legal denominada Derechos ARCO, que el titular puede ejercer para conocer el tratamiento que cada ente público o privado hará de sus datos personales.

De acuerdo al Instituto Coahuilense de Acceso a la Información Pública, los Derechos ARCO son:
El derecho de acceso es el que tiene el titular de los datos personales de acceder, solicitar y obtener sus datos personales que estén en posesión de terceras personas y conocer la información relacionada con las condiciones y generalidades de su tratamiento.
El derecho de rectificación es el que tiene el titular de los datos personales a solicitar la rectificación o corrección de sus datos personales, cuando estos resulten ser inexactos, incompletos o no se encuentren actualizados.
El derecho de cancelación es el que tiene el titular de los datos personales a solicitar se cancelen y se supriman sus datos personales de los archivos, registros, expedientes y sistemas, a fin de que los mismos ya no estén en su posesión y dejen de ser tratados por las Instituciones Gubernamentales del Estado.
El derecho de oposición es el que tiene el titular de los datos personales de oponerse de que no se lleve a cabo o cese el tratamiento de sus datos personales, siempre y cuando cause algún daño o perjuicio al mismo o cuando los datos personales sean objeto de un tratamiento automatizado, el cual le produzca efectos jurídicos no deseados o afecte de manera significativa sus intereses, derechos o libertades.
(Pública, 2021)
A partir del uso de las TIC´s, como ya lo mencioné en párrafos anteriores, las empresas digitales han encontrado un jugoso negocio en el tratamiento de datos personales y como señala el doctor Nelson Remolina: “las empresas están interesadas en incidir en las legislaciones locales, en materia de protección de datos personales” (Enríquez, 2018)
Mi propuesta de conclusión sería: en primera instancia, las autoridades tendrían que considerar la protección de datos de sus ciudadanos como un tema primordial dentro de su agenda, ya que esta era se ha visto marcada por la economía de la información, incidiendo no sólo en el tema financiero, sino social y de “manipulación”, rebasando la dignidad de la persona.
La aplicación de las leyes existentes es un primer e importante paso, donde la autoridad competente debería supervisar que se cumplan las leyes y reglamentos, especialmente en el tema de la seguridad que ofrecen e implementan las empresas en cuanto al tratamiento de los datos personales.

Y como lo he insistido en otros trabajos, la socialización del tema de la herramienta legal denominada Derechos ARCO permitiría que la ciudadanía tome conciencia de su importancia, así como la exposición en la que quedan al momento de compartir su información.
Si la gente conoce sus derechos ARCO la supervisión y exigencia hacia las empresas por el buen manejo y seguridad de los datos personales se haría no sólo desde la autoridad, sino de cada una de las personas que proporciona su información.
Yorumlar